Sidicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social

¿Qué no cubre tu seguro?

Hemos diseñado tu seguro para ofrecerte la máxima protección posible. Para tu tranquilidad y total transparencia, es importante que conozcas los aspectos que no están cubiertos:

  • Ganancias indebidas: No se cubren reclamaciones relacionadas con ganancias, enriquecimiento o provecho ilegítimo de los asegurados.
  • Gastos de defensa no reportados: Pérdidas o gastos de defensa incurridos con respecto a cualquier reclamación por cualquier acto irregular cometido antes de la fecha de inicio de vigencia de la póliza o del reconocimiento de antigüedad cuando este aplique, o reclamaciones que con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia el Asegurado conocía.
  • Actos intencionales: Cualquier acto intencional o de mala fe, como los considerados delitos dolosos, o los cometidos bajo la influencia de alcohol o drogas.
  • Reclamaciones que argumentan, directa o indirectamente cualquier acto real o presunto de: De control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como responsabilidad en procedimientos de naturaleza administrativa, laboral o penal o en cualquier otra materia en donde el Estado promueva su instauración, salvo los siguientes casos: En el caso específico de los procedimientos vía penal, donde la conducta típica imputada sea culposa (no dolosa) y guarde estricta relación con un acto médico directo, se atenderá conforme al objeto del contrato. En materia administrativa se brindará la asistencia legal en aquellos procedimientos que se ubiquen ante el Órgano Interno de las instancias legales que sean consecuencia directa del referido procedimiento administrativo, siempre y cuando se verifique que el acto irregular guarda estricta relación con un acto médico directo, de naturaleza no dolosa, y éste se encuentre cubierto en la presente póliza.
  • Abuso de confianza.
  • Responsabilidades por actividades distintas de las propias de servicio de atención médica de acuerdo con la ley.
  • Hechos u omisiones del asegurado cometidos con anterioridad a la temporalidad de la cobertura y que estén fuera del reconocimiento de antigüedad pactado.
  • Responsabilidad Civil Patronal, cualquier despido, destitución o rescisión de la relación laboral, la falta de contratación o promoción, privación injusta de oportunidades de carrera, medidas disciplinarias injustas, etc.
  • Hostigamiento sexual o cualquier otra conducta sexual inapropiada.
  • Cualquier tipo de acoso laboral o situación que fomente hostilidad.
  • Responsabilidad por daños punitivos o multas ejemplares.
  • No serán materia de coberturas adicionales a las que sea condenado el asegurado por las agravantes con las cuales haya actuado para la realización del caso fortuito o fuerza mayor, daños patrimoniales puros, responsabilidad por productos terminados, así como investigación farmacológica, responsabilidad por transporte de materiales y residuos peligrosos.
  • Responsabilidad civil de los fabricantes de medicamentos o materiales cuando el daño se origine por el producto mismo.
  • Responsabilidades que no se deriven de la preservación de la vida y la búsqueda de la salud.
  • Otras exclusiones de acuerdo con el texto completo en las Condiciones Generales.

Para conocer todos los detalles, te invitamos a consultar las Condiciones Generales de la póliza.