SINDICATO DEBE EMITIR CONVOCATORIA PARA CONSULTA

< Regresar 16 Mayo 2021
  1. El Sindicato Titular emitirá y realizará la consulta a los trabajadores mediante voto personal, libre, directo y secreto. 
  2. La consulta se llevará a cabo en el lugar señalado en la convocatoria, no podrá modificarse el día y la hora fijado para ello. 
  3. Una vez que el Sindicato emita la convocatoria deberá hacerlo del conocimiento inmediato del patrón.
  4. La convocatoria se emitirá por lo menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha de la consulta.
  5. La convocatoria deberá ser fijada en lugares visibles y accesibles del centro laboral y del local sindical.

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