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Cláusula 97 CCT keyboard_arrow_down
Los requisitos son:
- Solicitud
- 2 últimos comprobantes de pago
- Certificación de vigencia laboral
- Capacidad de crédito (solamente persona de base)
Este trámite se realiza en la Sección Correspondiente y para el CEN en la Secretaría de Tesorería.
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SEGURO FACULTATIVO keyboard_arrow_down
¿Qué es?Es la prestación a los trabajadores, jubilados o pensionados del IMSS para solicitar afiliación de familiares hasta el 4º grado de parentesco por consanguinidad o de familiares políticos.La contratación en familiares consanguíneos puede llevarse a cabo cualquier día hábil del año, tendrá una vigencia de 12 meses contados a partir del inicio de servicios y éste será de vigencia inmediata.PARA TRÁMITE DE SEGURO FACULTATIVO DE FAMILIARES POLÍTICO(Familiares del Cónyuge del trabajador) acta de matrimonio indispensable con por lo menos 5 años de antigüedad, se contrata en dos períodos:- 1ª Periodo ENERO- FEBRERO (Inicia servicio médico el 1° junio)
- 2ª Periodo JULIO – AGOSTO (Inicia servicio médico el 1° diciembre)
Vigencia será de 12 meses contados a partir de la fecha de inicio de servicios.Requisitos que debo cumplir:1ª VEZ Y RENOVACIÓNTRABAJO ACTIVO, JUBILADO O PENSIONADO- Acta de nacimiento
- Último tarjetón de pago
- Gafete o identificación oficial
FAMILIAR A ASEGURAR- Acta de nacimiento y en su caso las actas necesarias para comprobar parentesco
- CURP
- Comprobante de domicilio reciente (con antigüedad no mayor de 3 meses)
- Hoja rosa (en caso de renovación)
- Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional vigente)
HIJO DE TRABAJADOR MENOR DE 25 AÑOS PAGAN EL 50% DEL VALOR DEL SEGURO -
TRÁMITE DE PLIEGO TESTAMENTARIO keyboard_arrow_down
¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?
- Ser trabajador de Base , sustitutos, trabajadores a obra determinada , confianza “B”. con licencia sindical
- Copia del último tarjetón de cobro y en caso de ser jubilado o pensionado deberán de anexar copia del ultimo tarjetón de cobro tanto de activo como de jubilado.
- Los trabajadores de confianza” deberán de anexar licencia sindical con el ultimo nivel.
- Copia de IFE o INE. Por ambos lados.
- Llenar el pliego testamentario de acuerdo a las normas del Formato.
¿Dónde debo realizar el trámite?
- Deberá de acudir a la Secretaria de Previsión Social de su Sección Sindical correspondiente a su última adscripción laboral.
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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y PROFESIONAL keyboard_arrow_down
¿Qué es?
Los riesgos de la práctica profesional de la salud pueden tener diversas fuentes y presentarse en forma inesperada al causar daños como lesiones corporales, enfermedades o muerte en un paciente. Este seguro otorga un apoyo al trabajador para su defensa legal y en caso de que se le requiera una indemnización.
Este seguro puede ser contratado por Médicos y otras profesiones de la salud.
- La contratación del seguro en trabajadores en activo (base 02) es de carácter obligatorio, por nomina, en descuento quincenal el cual aparece en el tarjetón de pago bajo concepto 120.
- La Contratación para eventuales (08) y otros tipos de contratación como temporal (03), becados (07) u otras profesiones de la salud y por jubilados; se realizará a través de un pago único. El trámite debe solicitarse en la Secretaría de Previsión social de su sección correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?
- Llenar solicitud de Seguro Responsabilidad Civil Profesional
- Copia de identificación oficial vigente (INE, cédula profesional o pasaporte vigente)
- Copia de gafete institucional
- Copia de último tarjetón de pago
- Comprobante de pago bancario en original.
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GASTOS INMEDIATOS I keyboard_arrow_down
¿QUÉ ES?
En el Congreso Nacional Ordinario del SNTSS, celebrado el 9 de octubre de 2015, se estableció el pago adicional a los beneficiarios del Asegurado Titular por parte de Seguros Argos de $ 20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 m.n.) por concepto de Gastos Inmediatos.
Este beneficio aplica en caso de fallecimiento a partir del 16 de octubre de 2015 y durante la vigencia del Contrato celebrado. Se pagará este beneficio de acuerdo a lo siguiente:
A quien el Asegurado Titular designe en vida como beneficiario en el Formato de Designación de Beneficiarios para el Beneficio de Gastos Inmediatos.
Si no se requisitó dicho formato, se pagará al primer beneficiario designado en el inciso C del Pliego Testamentario.
En caso de no contar con Pliego Testamentario se pagará con base en el Reglamento de Seguros Argos.
Seguros Argos se compromete a pagar en un plazo máximo de 5 días hábiles, a partir de la autorización del beneficio. Por esta razón, resulta de suma importancia que todos los trabajadores con acceso a este beneficio lleven a cabo el llenado del formato en el módulo correspondiente de su sección sindical, que es además un punto de información, apoyo y servicio que tienen a su disposición.
¿TIENE ALGÚN COSTO ESTE BENEFICIO?
Se trata de un beneficio adicional y no tiene costo alguno para el trabajador.
¿PARA QUÉ SIRVE ESTE BENEFICIO?
El Beneficio de Gastos Inmediatos es un apoyo económico para los Beneficiarios, que les permitirá hacer frente a los gastos derivados de la muerte del ser querido que fue miembro del SNTSS. Con ellos, podrán cubrir, entre otras cosas: La compra del ataúd, los gastos de la funeraria, los arreglos florales, la inhumación o cremación, etc.
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GASTOS INMEDIATOS II keyboard_arrow_down
REQUISITOS
- Acta de Defunción original del extinto trabajador
- Formato de Designación de Beneficiarios (copia del trabajador)
- Copia de último tarjetón activo y jubilado si este fuera el caso
- Copia del IFE o INE del extinto trabajador
- Si es confianza “B” presentar Licencia Sindical
- Acta de Nacimiento original de los beneficiarios
- Copia credencial IFE de los beneficiarios
Si el cónyuge es el beneficiario, Acta de Matrimonio con una Vigencia de expedición máxima de 90 días.
El Formato de reclamación para el pago de siniestros persona física, el cual podrá encontrar disponible en la página www.segurosargos.com/index.php/doc-fas-sntss o solicitarlo al Ejecutivo de Atención en la sección que le corresponda o en su caso la más cercana a su lugar de residencia.