¿QUÉ NO CUBRE TU SEGURO?
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14 Noviembre 2025
¿Qué no cubre tu seguro?
Hemos diseñado tu seguro para ofrecerte la máxima protección posible. Para tu tranquilidad y total transparencia, es importante que conozcas los aspectos que no están cubiertos:
- Ganancias indebidas: No se cubren reclamaciones relacionadas con ganancias, enriquecimiento o provecho ilegítimo de los asegurados.
- Gastos de defensa no reportados: Pérdidas o gastos de defensa incurridos con respecto a cualquier reclamación por cualquier acto irregular cometido antes de la fecha de inicio de vigencia de la póliza o del reconocimiento de antigüedad cuando este aplique, o reclamaciones que con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia el Asegurado conocía.
- Actos intencionales: Cualquier acto intencional o de mala fe, como los considerados delitos dolosos, o los cometidos bajo la influencia de alcohol o drogas.
- Reclamaciones que argumentan, directa o indirectamente cualquier acto real o presunto de: De control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como responsabilidad en procedimientos de naturaleza administrativa, laboral o penal o en cualquier otra materia en donde el Estado promueva su instauración, salvo los siguientes casos:
- En el caso específico de los procedimientos vía penal, donde la conducta típica imputada sea culposa (no dolosa) y guarde estricta relación con un acto médico directo, se atenderá conforme al objeto del contrato.
- En materia administrativa se brindará la asistencia legal en aquellos procedimientos que se ubiquen ante el Órgano Interno de las instancias legales que sean consecuencia directa del referido procedimiento administrativo, siempre y cuando se verifique que el acto irregular guarda estricta relación con un acto médico directo, de naturaleza no dolosa, y éste se encuentre cubierto en la presente póliza.
- Abuso de confianza.
- Responsabilidades por actividades distintas de las propias de servicio de atención médica de acuerdo con la ley.
- Hechos u omisiones del asegurado cometidos con anterioridad a la temporalidad de la cobertura y que estén fuera del reconocimiento de antigüedad pactado.
- Responsabilidad Civil Patronal, cualquier despido, destitución o rescisión de la relación laboral, la falta de contratación o promoción, privación injusta de oportunidades de carrera, medidas disciplinarias injustas, etc.
- Hostigamiento sexual o cualquier otra conducta sexual inapropiada.
- Cualquier tipo de acoso laboral o situación que fomente hostilidad.
- Responsabilidad por daños punitivos o multas ejemplares.
- No serán materia de coberturas adicionales a las que sea condenado el asegurado por las agravantes con las cuales haya actuado para la realización del caso fortuito o fuerza mayor, daños patrimoniales puros, responsabilidad por productos terminados, así como investigación farmacológica, responsabilidad por transporte de materiales y residuos peligrosos.
- Responsabilidad civil de los fabricantes de medicamentos o materiales cuando el daño se origine por el producto mismo.
- Responsabilidades que no se deriven de la preservación de la vida y la búsqueda de la salud.
- Otras exclusiones de acuerdo con el texto completo en las Condiciones Generales.
Para conocer todos los detalles, te invitamos a consultar las Condiciones Generales de la póliza.
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