OTROS ASPECTOS

< Regresar 14 Noviembre 2025

Territorialidad de la cobertura

Tu póliza te protege por incidentes que ocurran dentro de México, siempre y cuando la reclamación se presente ante las autoridades mexicanas y bajo las leyes de este país.

  • Pago extraordinario / Ayuda por inhabilitación y/o suspensión profesional.
    Tu seguro te apoya si, por un acto de negligencia o impericia cubierta por la póliza, una autoridad competente mediante una resolución te inhabilite y/o suspenda temporalmente para ejercer tu profesión, e incluso si se cancela el registro de tu título o autorización para ejercer una profesión y a su vez produzca revocación de la cédula.

    ¿En qué consiste el apoyo?
    La aseguradora pagará el equivalente a tu ingreso mensual, con un tope de $30,000 MXN, durante un máximo de tres meses. Este cálculo se basa en el promedio de tus ingresos del año anterior, de acuerdo a la declaración fiscal y/o constancia de percepciones y retenciones que proporcione el patrón.

    ¿Cuándo recibes este beneficio?
    El pago comenzará a partir del mes siguiente a la fecha en que la autoridad haya emitido la resolución; es importante, que conozcas que si te reincorporas a tu puesto y recibes el pago de salarios caídos, la aseguradora se reserva el derecho de solicitar el reembolso de la cantidad pagada.

  • Pago único. Protección por despido del IMSS
    Si por un evento médico cubierto por la póliza, se actualiza una separación del Instituto Mexicano del Seguro Social por rescisión del contrato, la aseguradora entregará al asegurado un pago único por la cantidad $30,000 M.N. ¡Una ayuda que te da tranquilidad cuando más lo necesitas!

Pago de multas. Por sentencia privativa de libertad.
El seguro te protege en las situaciones más difíciles. Si el asegurado es condenado mediante sentencia firme, por autoridad competente y esta situación sea privativa de la libertad y además esta sea conmutable a una multa, la aseguradora por única ocasión pagará hasta $40,000,00 M.N.

Ayuda de transportación. Apoyo económico para transportación, viajes y hospedaje.
La aseguradora reembolsará el pago de los gastos generados por la transportación del asegurado, derivado de una reclamación judicial, siempre y cuando el domicilio del lugar de la audiencia de ley, sea en un radio mayor de 100 km. de distancia de su domicilio comprobable.

¿Cuánto te cubre? Te reembolsa hasta $10,000 MXN

¿Cómo solicitar el reembolso? Debes presentar los siguientes documentos:

  • Para viajes aéreos: pase de abordar y boleto electrónico.
  • Para viajes terrestres: boleto de autobús.
  • Para hospedaje: factura de la habitación. Este gasto tiene un límite de hasta el 10% del límite máximo.

NOTA: Es requisito que la fecha del viaje deberá estar contenida dentro del máximo de un día antes y un día después de la audiencia de ley, en el caso de ser llamado una segunda vez, se otorgará una segunda ayuda por el mismo monto de hasta $10,000.00 m.n. para que se pueda realizar el reembolso, es necesario, proporcione, además su clabe bancaria, copia de identificación oficial y copia del citatorio de audiencia de ley.

Coberturas especiales

Además de la protección principal, tu póliza cubre situaciones adicionales imputables al asegurado, que se encuentran cubiertas por el seguro de responsabilidad civil y de responsabilidad profesional para los profesionales de la medicina, así como a las profesiones de la rama de enfermería, afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS):

  • • Contagio de enfermedades: Las derivadas por contagio, de cualquier virus de inmunodeficiencia humana (VIH), complejos relacionados con el sida o agentes patógenos del sida o de hepatitis por suministro de sangre o plasma de los bancos de sangre, ambos cuando sean imputables al asegurado derivado de su práctica profesional por la prestación de servicios de atención médica.
  • • Daños genéticos: Tu seguro te protege ante reclamaciones por daños genéticos que sean resultado de tu práctica profesional por la prestación de servicios de atención médica.
  • • Daños por atención a colegas y empleados del IMSS: El seguro cubre los daños que cause el asegurado a sus compañeros o empleados en el ejercicio de su profesión, ya sea dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social o en tu práctica privada.
  • • Casos especiales con el IMSS: Cuando las características de una reclamación involucren a funcionarios especiales del Instituto Mexicano del Seguro Social y la Dirección Jurídica del mismo decida intervenir; el contratante y la aseguradora podrán convenirlo, previa notificación a la aseguradora por escrito. De esta manera, ambas partes podrán acordar el procedimiento a seguir.
  • • Actividades de pasantes y residentes: Si un pasante o residente bajo la supervisión de un médico asegurado causa un daño, la póliza cubre responsabilidades derivadas de esta actividad, hasta por un máximo de $850,000 MXN, siempre y cuando el incidente sea un daño cubierto en esta póliza y los hechos le sean imputables a este.
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