¿QUIÉNES ESTÁN ASEGURADOS?
1. Personal Médico, de las categorías de médicos de base, sustitución y confianza.
En ambos casos, siempre que se encuentran en el contrato colectivo de trabajo bajo relación de trabajo con el Instituto Mexicano del Seguro Social, personal a ser declarado por el SNTSS.
Límite de responsabilidad y suma asegurada individual
El límite único y máximo de responsabilidad en el agregado anual será de $ 4´500,000.00 por cada uno de los integrantes asegurados.
COBERTURA
Se cubre la indemnización que el Asegurado deba a un tercero a consecuencia de uno o más hechos realizados sin dolo, ya sea por culpa negligente o imperita (acciones u omisiones), o por el uso de cosas peligrosas o suministro de medicamentos y materiales de curación, que ocasione por la prestación de la atención médica, mediante la aplicación de la lex artis médica y de los principios éticos de la práctica médica, encaminada a preservar la vida y la salud, realizados bajo la directriz o dentro de las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social y la responsabilidad civil y responsabilidad profesional fuera de éste, en su práctica privada como profesionista independiente, persona física (que no sea empleado o subordinado de ninguna otra persona física o moral ni dueño de una empresa de salud), siempre que la reclamación por la cual deba responder el Asegurado, sea interpuesta y notificada por vez primera por escrito al Asegurado o a la Aseguradora durante el periodo de vigencia de la póliza o durante el siguiente año a su terminación, de acuerdo al Art. 145 bis b) de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Para la cobertura de responsabilidad civil los daños comprenden lesiones corporales, enfermedades, muerte, así como deterioro o destrucción de bienes. Los perjuicios que resulten y el daño moral solo se cubren cuando sean consecuencia directa e inmediata de los citados daños.
Las responsabilidades civiles materia de este seguro se determinan conforme a la legislación vigente en los Estados Unidos Mexicanos.
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