PROCEDIMIENTO DE CONSULTA DE CCT

< Regresar 16 Mayo 2021

Las mesas deben instalarse en el lugar señalado en la convocatoria, con al menos una hora de anticipación a las 8 de la mañana. 

  1. Deberá contarse con un espacio para que los trabajadores puedan ejercer el voto secreto.
  2. Las urnas deberán de ser de cualquier material siempre y cuando dos de sus caras sea transparente para ver el contenido de la misma. 

PREVIO A LA CONSULTA 

  1. La convocatoria fue firmada por la persona facultada para ello y que fue publicada por lo menos con 10 días hábiles de anticipación a la fecha de la consulta.
  2. La convocatoria fue fijada en lugares visibles y accesibles del centro laboral y del local sindical 
  3. Los trabajadores recibieron un ejemplar impreso o electrónico del Contrato Colectivo de Trabajo por parte del patrón, o en su defecto, del Sindicato. 
  4. No existieron actos de violencia, intimidación o de coacción que impidieran que los trabajadores votaran, o que votaran en un sentido determinado. 
  5. Los representantes sindicales, el patrón o interpósita persona no difundieron entre los trabajadores información falsa o notoriamente engañosa sobre el procedimiento de legitimación con el objeto de impedir que los trabajadores votaran, o que votaran en un sentido determinado. 
  6. Los representantes sindicales, el patrón o interpósita persona no entregaron o prometieron pagas, dádivas, bienes o beneficios extraordinarios tendientes a impedir que los trabajadores votaran en un sentido determinado. 
  7. El listado de trabajadores con derecho a votar en la consulta no excluya a quien tenga derecho a sufragar.

DURANTE LA CONSULTA 

  1. En el lugar de votación se encontraban presentes solo las personas autorizadas: las y los trabajadores con derecho a voto, comisión o personal designado del Sindicato, personal verificador o funcionarios de las autoridades laborales, y en su caso, observadores electorales debidamente acreditados por el Centro. 
  2. Durante la consulta se encontraba presente el personal verificador. 
  3. La votación se desarrolló en el lugar, fecha y horario señalado en la convocatoria.
  4. Se permitió la votación de trabajadores que tenían derecho a votar y éstos exhibieron su identificación oficial vigente. 
  5. El lugar que se designó para la votación fue accesible para los trabajadores y reúne las condiciones necesarias para que éstos emitan su voto de forma libre, pacífica, ágil y segura, sin coacción alguna. 
  6. El patrón no tuvo intervención alguna en el procedimiento de consulta. 
  7. El escrutinio y cómputo de los votos se realizó de forma pública y transparente por parte del sindicato. 
  8. Las boletas no cruzadas y las marcadas en más de un recuadro se consideraron nulas. 
  9. No se sucitaron actos de violencia, intimidación o coacción hacia los trabajadores. 

DESPUÉS DE LA CONSULTA 

  1. Se resguardaron las actas de escrutinio y computo de la votación, las listas de votaci´on, las boletas y, en general, la documentación del procedimiento de consulta por parte del Sindicato.
  2. El acta de escrutinio y cómputo de votos de la consulta fue fijada en lugares visibles y accesibles del centro laboral y local sindical. 
  3. Tres días hábiles posteriores a la celebración de la Consulta se deberá: El inspector debe registrar su informe de inspección a través de la plataforma. 

 

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