PROCEDIMIENTO DE CONSULTA DE CCT
< Regresar
16 Mayo 2021
Las mesas deben instalarse en el lugar señalado en la convocatoria, con al menos una hora de anticipación a las 8 de la mañana.
- Deberá contarse con un espacio para que los trabajadores puedan ejercer el voto secreto.
- Las urnas deberán de ser de cualquier material siempre y cuando dos de sus caras sea transparente para ver el contenido de la misma.
PREVIO A LA CONSULTA
- La convocatoria fue firmada por la persona facultada para ello y que fue publicada por lo menos con 10 días hábiles de anticipación a la fecha de la consulta.
- La convocatoria fue fijada en lugares visibles y accesibles del centro laboral y del local sindical
- Los trabajadores recibieron un ejemplar impreso o electrónico del Contrato Colectivo de Trabajo por parte del patrón, o en su defecto, del Sindicato.
- No existieron actos de violencia, intimidación o de coacción que impidieran que los trabajadores votaran, o que votaran en un sentido determinado.
- Los representantes sindicales, el patrón o interpósita persona no difundieron entre los trabajadores información falsa o notoriamente engañosa sobre el procedimiento de legitimación con el objeto de impedir que los trabajadores votaran, o que votaran en un sentido determinado.
- Los representantes sindicales, el patrón o interpósita persona no entregaron o prometieron pagas, dádivas, bienes o beneficios extraordinarios tendientes a impedir que los trabajadores votaran en un sentido determinado.
- El listado de trabajadores con derecho a votar en la consulta no excluya a quien tenga derecho a sufragar.
DURANTE LA CONSULTA
- En el lugar de votación se encontraban presentes solo las personas autorizadas: las y los trabajadores con derecho a voto, comisión o personal designado del Sindicato, personal verificador o funcionarios de las autoridades laborales, y en su caso, observadores electorales debidamente acreditados por el Centro.
- Durante la consulta se encontraba presente el personal verificador.
- La votación se desarrolló en el lugar, fecha y horario señalado en la convocatoria.
- Se permitió la votación de trabajadores que tenían derecho a votar y éstos exhibieron su identificación oficial vigente.
- El lugar que se designó para la votación fue accesible para los trabajadores y reúne las condiciones necesarias para que éstos emitan su voto de forma libre, pacífica, ágil y segura, sin coacción alguna.
- El patrón no tuvo intervención alguna en el procedimiento de consulta.
- El escrutinio y cómputo de los votos se realizó de forma pública y transparente por parte del sindicato.
- Las boletas no cruzadas y las marcadas en más de un recuadro se consideraron nulas.
- No se sucitaron actos de violencia, intimidación o coacción hacia los trabajadores.
DESPUÉS DE LA CONSULTA
- Se resguardaron las actas de escrutinio y computo de la votación, las listas de votaci´on, las boletas y, en general, la documentación del procedimiento de consulta por parte del Sindicato.
- El acta de escrutinio y cómputo de votos de la consulta fue fijada en lugares visibles y accesibles del centro laboral y local sindical.
- Tres días hábiles posteriores a la celebración de la Consulta se deberá: El inspector debe registrar su informe de inspección a través de la plataforma.
Compartir